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#MedioAmbiente #Boyacá

𝐓𝐫𝐢𝐛𝐮𝐧𝐚𝐥 𝐀𝐝𝐦𝐢𝐧𝐢𝐬𝐭𝐫𝐚𝐭𝐢𝐯𝐨 𝐝𝐞 𝐁𝐨𝐲𝐚𝐜𝐚́ 𝐫𝐚𝐭𝐢𝐟𝐢𝐜𝐚 𝐬𝐮𝐬𝐩𝐞𝐧𝐬𝐢𝐨́𝐧 𝐝𝐞𝐥 𝐩𝐫𝐨𝐲𝐞𝐜𝐭𝐨 𝐡𝐨𝐭𝐞𝐥𝐞𝐫𝐨 𝐁𝐞𝐥𝐨 𝐇𝐨𝐫𝐢𝐳𝐨𝐧𝐭𝐞 𝐞𝐧 𝐏𝐥𝐚𝐲𝐚 𝐁𝐥𝐚𝐧𝐜𝐚

El Tribunal Administrativo de Boyacá, a través de su Sala de Decisión Cuarta, profirió un fallo de segunda instancia que redefine el futuro urbanístico y ambiental del sector de Playa Blanca, en el Lago de Tota. La providencia, con ponencia del magistrado Diego Mauricio Higuera Jiménez, resolvió modificar la sentencia dictada el 27 de junio de 2025 por el Juzgado Segundo Administrativo de Sogamoso, con el fin de precisar y endurecer las órdenes impartidas para proteger los derechos colectivos al goce de un ambiente sano, el equilibrio ecológico y la defensa del patrimonio público.

El eje central de la controversia judicial gira en torno a la licencia de construcción No. SPOSPLC-2016006, otorgada el 1 de diciembre de 2016 por la Secretaría de Planeación y Obras Públicas de Tota al señor Cesar Alejandro Rincón Becerra. Dicho permiso autorizaba la edificación del proyecto inicialmente denominado Vivienda Turística Belo Horizonte o Bella Vista. Sin embargo, tras años de litigio impulsado por las procuradoras 32 Judicial Agraria y Ambiental y 68 Judicial Administrativa de Tunja, la justicia determinó que el acto administrativo nació con vicios profundos al ignorar que el predio se encuentra en suelo rural de protección, una zona donde el Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT) prohíbe el desarrollo de hotelería convencional.

En sus consideraciones, el Tribunal desestimó los argumentos del constructor, quien alegaba la existencia de derechos adquiridos y la propiedad privada sobre el terreno. La Sala fue enfática al señalar que el interés privado no puede prevalecer sobre el orden público ecológico, especialmente cuando se constató que la edificación se proyectó superando los índices de ocupación y de construcción permitidos para las áreas de preservación. Además, las inspecciones técnicas revelaron que una sección de la infraestructura se superpone con la ronda de protección del lago, fijada en 30 metros a partir de la cota máxima de inundación, lo que constituye una invasión directa a un ecosistema que sirve de conectividad con el complejo de páramos Tota-Bijagual-Mamapacha.

La modificación realizada por el Tribunal Administrativo de Boyacá establece un mandato perentorio para el señor Rincón Becerra, quien debe abstenerse de realizar cualquier actividad de obra amparada en la licencia suspendida. El fallo le otorga una última posibilidad de adecuación: en un plazo de dos meses, contados a partir de la entrega de nuevos estudios técnicos, deberá radicar una solicitud de modificación de licencia que ajuste la infraestructura a la tipología Ecohabit. Esta categoría exige el uso de materiales livianos, maderas certificadas, sistemas de energía renovable y diseños que no fragmenten el hábitat. Si el constructor no cumple con este trámite o si los estudios determinan la inviabilidad del proyecto, estará obligado a demoler lo construido y restaurar el paisaje original a su propia costa.

Por otro lado, el Tribunal impuso obligaciones rigurosas a la administración municipal de Tota. La alcaldía deberá integrar, en un término de cuatro meses, un grupo interdisciplinario conformado por profesionales en arquitectura, derecho urbanístico y ciencias ambientales. Este equipo tiene la responsabilidad de evaluar la legalidad de todas las actuaciones administrativas relacionadas con el predio y emitir un concepto técnico sobre el impacto real causado. Asimismo, se le ordenó al municipio abstenerse de expedir nuevas licencias en la zona de influencia del lago sin el aval previo de Corpoboyacá, eliminando la falta de coordinación que permitió la expedición de la licencia original en 2016 sin el reporte obligatorio a la autoridad ambiental regional.

La sentencia también vincula a entidades del orden nacional y regional en una hoja de ruta para clarificar la propiedad de la tierra en Playa Blanca. La Agencia Nacional de Tierras dispone de cuatro meses para culminar el deslinde administrativo que determine qué porciones del terreno pertenecen a la Nación como parte de la cubeta del lago. Simultáneamente, Corpoboyacá debe realizar en tres meses el acotamiento de la ronda hídrica y tramitar la declaratoria de Playa Blanca como área forestal protectora. Estas medidas buscan blindar el sector contra futuras pretensiones urbanísticas que pongan en riesgo el recurso hídrico y la biodiversidad.

Finalmente, ante la gravedad de los hallazgos, el Tribunal decidió compulsar copias de la sentencia y del expediente a la Procuraduría General de la Nación y a la Fiscalía General de la Nación. El objetivo es que se investigue la posible responsabilidad penal o disciplinaria de los funcionarios de la Alcaldía de Tota y de Corpoboyacá que intervinieron en la expedición de la licencia y sus prórrogas entre los años 2016 y 2023. Para velar por la ejecución de estas órdenes, se conformó un comité de verificación que informará periódicamente al juez de primera instancia sobre los avances en la protección de este recurso natural estratégico para el departamento.

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PERIÓDICO EL TUNJANO