𝐄𝐥 𝐟𝐫𝐚𝐢𝐥𝐞 𝐑𝐢𝐜𝐚𝐫𝐝𝐨 𝐓𝐨𝐫𝐫𝐞𝐬 𝐂𝐚𝐬𝐭𝐫𝐨, 𝐞𝐥 𝐩𝐫𝐢𝐦𝐞𝐫 𝐭𝐮𝐧𝐣𝐚𝐧𝐨 𝐞𝐧 𝐨𝐜𝐮𝐩𝐚𝐫 𝐮𝐧 𝐜𝐚𝐫𝐠𝐨 𝐞𝐧 𝐞𝐥 𝐠𝐨𝐛𝐢𝐞𝐫𝐧𝐨 𝐝𝐞 𝐀𝐛𝐞𝐥𝐚𝐫𝐝𝐨 𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐄𝐬𝐩𝐫𝐢𝐞𝐥𝐥𝐚


El fraile dominico Ricardo Torres Castro, nacido en Tunja, asumirá la dirección general del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena) a partir del próximo 7 de agosto, momento en que tomará posesión el nuevo Gobierno Nacional encabezado por el presidente electo Abelardo de la Espriella, quien anunció recientemente su designación en dicho cargo.
Torres Castro ha desarrollado su trayectoria en la vida académica, la docencia, la investigación y la labor social en zonas del país como el Catatumbo. En su formación académica cuenta con una licenciatura en Filosofía con énfasis en Pensamiento Político y Económico, un bachillerato en Teología de la Universidad Pontificia Bolivariana de Bogotá, un máster en Negocios Internacionales y Marketing Estratégico de la Universidad de Barcelona, una maestría en Administración de la Universidad Pontificia Bolivariana y una candidatura a doctor en Administración por la Universidad de Medellín.
En el sector académico e institucional, ejerció como rector de la Universidad Santo Tomás en la sede Medellín entre los años 2017 y 2023. Posteriormente, en 2023, asumió como decano de la División de Ciencias de la Salud en la misma institución universitaria. Entre los años 2024 y 2026 se desempeñó como asesor de la Dirección General del Centro Nacional de Memoria en Bogotá.
Su trayectoria incluye la Dirección Nacional de Proyectos Especiales de la Universidad Santo Tomás entre 2013 y 2014, periodo en el cual también fue vicerrector administrativo del Colegio Jordán de Sajonia. Entre 2011 y 2012 actuó como representante legal de la Fundación Diocesana de Medios de Comunicación y gerente de la emisora Ecos del Catatumbo, en la Diócesis de Tibú, además de desempeñarse como asistente del promotor de Justicia y Paz de los Dominicos de Colombia.
Asimismo, Torres Castro fue integrante del Consejo Económico de Dominicos de Colombia entre 2018 y 2022 y ha formado parte de las juntas directivas de las empresas Almagrario Logistics, Inzignia Construction, Altium Constructora y Opain. Por su labor profesional y social, recibió la condecoración en el grado de Comendador otorgada por el Congreso de la República de Colombia. Es también autor de libros, conferencista e investigador en áreas de administración y gestión social.
En cuanto a los lineamientos planteados para su gestión al frente del Sena, Torres Castro ha señalado que la meta principal consistirá en articular la institución con la sociedad y transformar su enfoque para que deje de operar únicamente como un centro de capacitaciones e incida de manera directa en el cierre de brechas sociales.
Para alcanzar este propósito, el director designado indicó que ejecutará un plan de rescate físico y tecnológico con una visión integrada entre la empresa privada y el Estado. Este esquema busca restablecer la confianza del sector empresarial, optimizar la gestión institucional, mejorar la remuneración de los estudiantes en sus etapas formativas y ampliar tanto la cobertura como la calidad de los programas impartidos. Torres Castro ha añadido que la preservación y fortalecimiento del Sena resulta fundamental para la movilidad social del país, por lo que su desarrollo debe mantenerse al margen de disputas partidistas o ideológicas.


𝐄𝐥 𝐛𝐨𝐲𝐚𝐜𝐞𝐧𝐬𝐞 𝐏𝐞𝐝𝐫𝐨 𝐒𝐚́𝐧𝐜𝐡𝐞𝐳 𝐬𝐞 𝐚𝐩𝐚𝐫𝐭𝐚 𝐭𝐞𝐦𝐩𝐨𝐫𝐚𝐥𝐦𝐞𝐧𝐭𝐞 𝐝𝐞 𝐬𝐮 𝐜𝐚𝐫𝐠𝐨 𝐜𝐨𝐦𝐨 𝐌𝐢𝐧𝐢𝐬𝐭𝐫𝐨 𝐝𝐞 𝐃𝐞𝐟𝐞𝐧𝐬𝐚 𝐩𝐨𝐫 𝐦𝐨𝐭𝐢𝐯𝐨𝐬 𝐝𝐞 𝐬𝐚𝐥𝐮𝐝


A partir de hoy, el ministro de defensa, Pedro Sánchez Suárez, se apartará temporalmente de sus funciones debido a un procedimiento quirúrgico programado. La incapacidad médica del funcionario se extenderá por un período aproximado de 20 días, por lo cual se prevé su reintegración a la cartera estatal durante la primera semana del próximo mes de agosto, en el tramo final de la actual administración gubernamental nacional.
Fuentes oficiales del Ministerio de Defensa confirmaron que durante la ausencia temporal del titular de la cartera, el viceministro de defensa, Javier Andrés Baquero Maldonado, asumirá las funciones como ministro encargado. Debido al periodo establecido para su recuperación médica, el funcionario boyacense no estará presente en el desfile militar tradicional del 20 de julio, programado para desarrollarse en Bogotá, en el marco de la conmemoración de la independencia nacional.
Antes del inicio de su incapacidad médica, el Ministro ofreció un discurso ante los integrantes de la fuerza pública el pasado viernes. Durante su intervención, Sánchez Suárez manifestó que se han detectado presuntos intereses por parte de personas externas a la administración entrante que buscarían obstaculizar la ejecución de proyectos estratégicos orientados a la dotación y equipamiento de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional antes de que finalice el periodo gubernamental actual, el próximo 6 de agosto. El funcionario instó a los uniformados a mantener el cumplimiento de las órdenes bajo la línea de mando vigente hasta la fecha de cambio de gobierno.




El representante a la cámara por Boyacá, Pedro José Suárez Vacca, anunció que interpondrá un recurso de apelación en efecto suspensivo ante la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia. El pronunciamiento se produjo en respuesta al fallo condenatorio de primera instancia proferido por la Sala Especial de Primera Instancia de la misma corporación, el cual le impuso una pena de 68 meses y 24 días de prisión por el delito de prevaricato por acción agravado en la modalidad de delito continuado, derivado de sus actuaciones como Juez Quinto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Tunja entre los años 2008 y 2009.
En su declaración oficial, el legislador y exfuncionario judicial boyacense manifestó que, aunque respeta las decisiones institucionales de la administración de justicia, no comparte la determinación adoptada en su contra. Suárez Vacca sostuvo que su derecho constitucional a la presunción de inocencia permanece intacto debido a que la sentencia condenatoria no se encuentra ejecutoriada ni en firme, y aseguró que su equipo de defensa cuenta con el suficiente sustento jurídico y probatorio para lograr un fallo favorable en la segunda instancia judicial.
El congresista afirmó de manera enfática que el proceso penal en su contra tiene origen en actos de retaliación y persecución política promovidos por sectores de oposición nacional con alto poder político y económico. De acuerdo con el texto suscrito por Suárez Vacca, la situación está directamente vinculada con la pasada sanción disciplinaria de destitución e inhabilitación que la Procuraduría General de la Nación le impuso a Fernando Londoño Hoyos, quien se desempeñó como ministro del Interior y de Justicia durante el mandato presidencial de Álvaro Uribe Vélez. El representante recalcó que estos hechos corresponden a dinámicas ajenas al ordenamiento legal y que el debate ya había sido resuelto previamente a su favor en otras instancias judiciales y disciplinarias.
La sentencia que originó el pronunciamiento del parlamentario se fundamenta en decisiones judiciales adoptadas en Tunja el 23 de enero de 2008 y el 15 de septiembre de 2009. En dichas fechas, según el expediente de la Corte Suprema de Justicia, el entonces juez otorgó y posteriormente ratificó el beneficio de reclusión domiciliaria a un ciudadano que cumplía condena por los delitos de tráfico de estupefacientes agravado y secuestro simple. El alto tribunal concluyó que el funcionario omitió de forma voluntaria la revisión de los antecedentes penales del solicitante y mantuvo la medida sustitutiva a pesar de que la Ley 750 de 2002 prohibía taxativamente otorgar reclusión domiciliaria a personas condenadas por secuestro, desestimando los argumentos de la defensa relacionados con la alta congestión laboral del despacho.
Además de la pena privativa de la libertad, la providencia de primera instancia —que incluyó un salvamento parcial de voto por parte de uno de los magistrados de la Sala— contempla una multa económica de 99.99125 salarios mínimos legales mensuales vigentes y la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por un periodo de 110 meses y 11 días. Asimismo, se le ordenó publicar a su propio costo un resumen del fallo junto con una declaración de excusas públicas dirigida a la Rama Judicial, al Estado y a la sociedad.
Frente a estas sanciones y a la orden de captura dispuesta para cuando la providencia adquiera firmeza legal, Suárez Vacca reiteró en las páginas de su comunicado que continuará atendiendo con tranquilidad cada uno de los requerimientos de las autoridades competentes. Igualmente, cuestionó los señalamientos que calificó como oportunistas por parte de contradictores políticos en el ámbito territorial y nacional, al tiempo que expresó su agradecimiento formal hacia los ciudadanos que le han manifestado su respaldo y solidaridad tras la notificación de la providencia judicial.




La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó a una pena de 68 meses y 24 días de prisión al actual representante a la Cámara por Boyacá, Pedro José Suárez Vacca, tras hallarlo responsable del delito de prevaricato por acción agravado en la modalidad de delito continuado. Los hechos que motivaron la sanción penal se presentaron entre los años 2008 y 2009, periodo en el cual el hoy congresista se desempeñaba como Juez Quinto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de la capital boyacense.
El alto tribunal determinó que, durante su ejercicio en el mencionado despacho judicial de Tunja, Suárez Vacca otorgó y posteriormente mantuvo el beneficio de prisión domiciliaria a un ciudadano que purgaba una sentencia por tráfico de estupefacientes agravado y secuestro simple. Dicha determinación se tomó a pesar de que la Ley 750 de 2002 prohibía expresamente la concesión de este tipo de medidas sustitutivas de la libertad a personas que hubieran sido condenadas por el delito de secuestro simple.
De acuerdo con el análisis probatorio de la Sala Especial, el entonces funcionario judicial omitió la revisión de los antecedentes penales del solicitante al emitir una primera providencia con fecha del 23 de enero de 2008. En una segunda decisión adoptada el 15 de septiembre de 2009, el juez mantuvo el beneficio domiciliario aun cuando en el expediente ya constaba de forma explícita la existencia de la condena por secuestro. La corporación judicial concluyó que ambas decisiones correspondieron a manifestaciones sucesivas de una misma voluntad orientada a sostener un beneficio legalmente improcedente, configurando así la modalidad de delito continuado.
La Corte Suprema de Justicia desestimó los argumentos de la defensa del procesado, la cual buscaba justificar las actuaciones con base en la elevada carga laboral del Juzgado Quinto de Ejecución de Penas de Tunja y en la práctica de delegar la proyección de los fallos en otros servidores del despacho para la posterior revisión y firma del titular. El tribunal advirtió que la responsabilidad penal se deriva del conocimiento y la voluntad de apartarse del ordenamiento jurídico al suscribir las providencias, precisando además que no se requiere demostrar la existencia de contraprestaciones económicas o cohecho para configurar el elemento subjetivo de la conducta punible.
Junto con la pena privativa de la libertad, el fallo de primera instancia impuso a Suárez Vacca una sanción económica consistente en una multa de 99.99125 salarios mínimos legales mensuales vigentes, así como la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por un lapso de 110 meses y 11 días. Adicionalmente, como medida de restablecimiento del derecho, se le ordenó publicar a su propio costo un resumen de la sentencia y una manifestación escrita de excusas públicas dirigida a la Rama Judicial, al Estado colombiano y a la sociedad.
La Sala Especial de Primera Instancia negó la concesión de la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria, disponiendo que se libre la respectiva orden de captura para el cumplimiento de la sanción una vez que el fallo adquiera firmeza legal. La determinación, que registró un salvamento parcial de voto por parte de uno de los magistrados de la Sala, no se encuentra ejecutoriada y contra ella procede el recurso de apelación en efecto suspensivo ante la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia.


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